Autoliquidación de Tasa de Comunicación previa de Inicio de Obras
Autoliquidación de Tasa de Comunicación previa de Inicio de Obras
Tasa por comunicación previa de Inicio de Obras. Ordenanza Fiscal nº 103.
La tarifa y penalizaciones se establecen en el artículo 5 de la ordenanza fiscal.
Tarifa: por metro lineal con un mínimo de .
Datos de la Obra
Metros lineales del perímetro de la obra
NOTA: Puede realizar el pago de esta liquidación:
Con tarjeta bancaria en esta GMU
Mediante ingreso en la Cuenta Corriente nº ES45-2100-8559-63-22-00136338
de la Entidad CAIXA, cuyo titular es esta Gerencia Municipal de Urbanismo. Haga expresa mención del concepto y nº de expediente que se indica en el requerimiento.