Nuevo procedimiento para la enajenación de 4 lotes de parcelas sitas en el SUP-JA-1 (F.R. nº 169 a 173, 185, 187 y 195 a 205, respectivamente), tras la declaración de desierto.
Tipo: Enajenación de Bienes Inmuebles
Estado: Desierto

  - De conformidad con lo establecido en la normativa aplicable, serán de aplicación las mismas condiciones de antes de declararse desierto el procedimiento originario de enajenación de estas parcelas.

   - Este nuevo procedimiento se aplicará dentro del plazo de un año desde que los lotes se declararon desierto (09/09/2019).

   - Todo interesado podrá presentar oferta a uno o varios lotes en la forma establecida en el Pliego de Condiciones. La presentación de esta/s oferta/s se anunciará en el Perfil del Contratante de la GMU por un plazo de 15 días naturales y si no hay más ofertas se procederá a realizar la adjudicación directa. En el caso de que dentro de este plazo de 15 días se presenten más ofertas al mismo lote se procederá conforme establece el Pliego de Condiciones.

   - El Pliego de Condiciones Administrativas aprobado en su día se aplica en su integridad salvo la parte que afecta al lote nº5 (único lote al que se presentó oferta en la licitación originaria).